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Mobbing laboral: mal de muchos, denunciado por pocos…

EL mobbing o acoso laboral es un tema de suma importancia, sobre todo por los derechos que se vulneran cuando se configura, como así también por la especiales circunstancias que estamos viviendo hoy en dia, pandemia de por medio.-

De por si, es interesante de donde procede el termino “mobbing” y su posterior aplicación al ámbito laboral por sus similitudes.-

En un primer momento se denominaba como mobbing el ataque de un grupo de animales hacia otro para alejarlo del grupo….

Luego se lo adapto a lo que sucedía en las relaciones laborales, por las diferencias en las condiciones entre empleador y empleado…

En el caso del acoso laboral, se afecta la parte emocional del trabajador y sus relaciones interpersonales- laborales.-

En Argentina  el 15/12/20 por medio de la Ley 27580, se  aprueba el Convenio 190 sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo adoptado por la Conferencia Internacional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2019.

Entra en vigencia el 25 de Junio de 2021.-

En este Convenio se establecio que constituye violencia y acoso laboral un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de estos, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la “violencia y el acoso por razón de género”, expresión que designa a la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual (C 190, artículo 1°). 

¿A quienes  se aplica este convenio?

Se aplica a  lo que ocurra en las relaciones laborales formalmente constituidas entre empleadores y trabajadores asalariados o dependientes, de los sectores público o privado;  a las personas que trabajan, cualquiera sea su situación contractual (empleados no registrados)l, y comprende a las personas en formación, como los pasantes y aprendices, y los voluntarios (trabajo voluntario). 

A las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y también después de la extinción de la relación laboral, pues protege a los trabajadores despedidos.-

Por ultimo, también comprende a los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.

¿Que situaciones estan comprendidas?

Todas aquellas situaciones que ocurran durante el trabajo o sean resultado del trabajo, comprende las que se generen en el lugar de trabajo, de descanso, comedor, sanitarios y hospedajes, incluso se extiende a las comunicación por medio electrónico en ocasión del trabajo.-

Más allá de este convenio que es de suma importancia mundial, Argentina cuenta con Legislación Nacional específica sobre el tema: la Constitución Nacional, la  Ley 26.485 entre otras y a nivel de la provincia de Santa Fe está receptada en la Ley 12.434 y Decreto Reglamentario 1.040/07.-

A nivel nacional, existe la Oficina de Asesoramiento sobre Violencia Laboral (OAVL), www.argentina.gob.ar/trabajo/oavl,  que brinda  orientacion, asesoramiento y recibe denuncias.-

El flagelo de la violencia, toma en Argentina y el Mundo diferentes formas y modalidades, una de ellas es en el ambito laboral y es responsabilidad del Estado en un primer momento y luego de los jueces en sus fallos judiciales, bregar para que las relaciones laborales sean sanas y cada vez mas perfectibles.-

Fuentes: Boletin Oficial Republica Argentina

www.Argentina.gob.ar.ar

Dra. Sabrina Pascual.-

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