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¿viajas al exterior DURANTE LA PANDEMIA?

Vacaciones fuera de Argentina

Enterate de todo lo que necesitas saber, si estas pensando en viajar fuera del país en estas vacaciones 2021…

En el posteo de hoy , te vamos a contar lo que tenes que tener en cuenta si salís del país y los requisitos al regresar:

Antes de salir:

Tenes que tramitar la Declaración Jurada Electrónica para el egreso del territorio nacional 48 hs. antes de iniciar el viaje.

La misma se encuentra en www.argentina.gob.ar o en la pagina web de Migraciones.-

Exhibirla al embarque al operador del medio de trasporte internacional.-

Si viajas por un medio de trasporte propio completarla antes de iniciar el viaje.-

Someterse al control de salud en el punto de entrada cuando se considere necesario.-

Mientras estés de viaje recordá:

😷Uso de barbijo en lugares comunes.-

🚹↔️🚹Distanciamiento social.-

🧼🧴Lavado de manos frecuente y alcohol en gel siempre a mano.-

🌡🤧🩺Si tenes algún síntoma durante las vacaciones , mantenete aislado y busca atención médica.-

Cuando regresas:

Si sos Argentino Nativo o extranjero residente en Argentina:

Tenes que completar Declaración Jurada electrónico (disponible en página web de Migraciones) dentro de las 48 horas previas a embarcar

Hasta el 16 de diciembre a las 00:00 hs. puede optar por PCR negativo o realizar cuarentena

A partir del 16 de diciembre las 00:00 hs. debe presentar PCR negativo OBLIGATORIO

A su vez, todos los que regresen deberán:

Someterse a los controles de salud o toma de temperatura que, según la situación del riesgo reportado, haga la autoridad sanitaria 

Ademas, se recomienda registrarse en la APP CUIDAR (los nacionales) dentro de las 48 hs del arribo o en la APP ESPECIFICA (los extranjeros) cuando este disponible.

¿Para qué?

  • Autofavorecer el conocimiento de la situación de riesgo.
  • Autodiagnóstico.
  • Sensibilización sobre recomendaciones sanitarias de prevención y autocuidado.

Respetar los REQUISITOS ADICIONALES SOLICITADOS POR LA JURISDICCIÓN DE DESTINO EN EL PAÍS:

Cumplir con los Protocolos Específicos, en especial los Corredores Seguros

Respetar los requisitos de la autoridad sanitaria local y contar con los respectivos permisos de circulación

El seguimiento y control del cumplimiento cuando ingresen al país estará a cargo de las jurisdicciones provinciales o en su caso municipales.

Si no se activan las aplicaciones o las jurisdicciones sospechen de la existencia de riesgo sanitario, podrán ejercer las actividades de seguimiento y control a su cargo, dentro de los 14 días del ingreso al país.-

Acá te dejamos info  para ingresar a algunos destinos elegidos por los Argentinos: Uruguay, Brasil y Estados Unidos.-

URUGUAY:

Fuente:www.turismo.gub.uy

Si bien al momento las fronteras se encuentran cerradas, existen algunas excepciones de ingreso para ciudadanos nacionales, residentes uruguayos y extranjeros por diferentes motivos:

Reunificación familiar entre padres, cónyuges, concubinos, hijos solteros menores o mayores con discapacidad.

Choferes de transporte internacional.

Diplomáticos acreditados.

Pilotos de aeronaves.

Prácticos de buques.

Se autorizaran ingresos transitorios por razones humanitarias o con fines laborales, económicos, empresariales o judiciales, gestionados ante la Dirección Nacional de Migración por el Ministerio competente correspondiente al área de actividad involucrada y fundado en razones de necesidad impostergable.   

En el último punto, si la actividad es turística, deberán dirigir una nota donde se expliquen los motivos de necesidad impostergable del viaje al Ministerio de Turismo al siguiente correo: ingresosexcepcionales@mintur.gub.uy, en los otros casos deberá seguir las recomendaciones que los otros organismos involucrados determinen.

En todos los casos consultar por más información en: dnm-consultas@minterior.gub.uy 

BRASIL

Fuente: www.cgbuenosaires.itamaraty.gob.br

El 27 de marzo, el gobierno brasileño publicó dos resoluciones que determinan la restricción excepcional y temporaria de ingreso de ciudadanos extranjeros a Brasil.

Las normativas fueran extendidas distintas portarias y la portaria actual es la 518/2020.   

Los Turistas extranjeros pueden ingresar por via aérea, siempre que cumplan las exigencias de visa (si necesitan o no visa de visita) y presenten el documento de viaje adecuado (pasaporte o DNI).

Por la frontera terrestre, no pueden ingresar extranjeros no residentes.

Están exceptuados de la restricción los padres, hijos, cónyuges y convivientes de ciudadanos brasileños (situación que deberá estar comprobada por documentación original y apostillada).

Parientes no residentes de ciudadanos extranjeros con residencia regular en Brasil deben comunicarse con la oficinas consulares de su país en Brasil. Otras situaciones específicas deben ser consultadas en la normativa actual.

La información sobre los pasos fronterizos de Argentina está en https://www.argentina.gob.ar/seguridad/pasosinternacionales.

ESTADOS UNIDOS:

Fuente: www.usembassy.gov 

EN este caso tener en cuenta que cada estado, puede aplicar restricciones locales, según avance de la pandemia, para información especifica sobre cada estado ingresar al sitio del estado que quiera visitar

En EEUU el ingreso de turistas esta habilitado con algunas restricciones.-

Esta recomendado  pero no es obligatoria, la cuarentena de 14 días al ingreso al país.

Igualmente cada estado podrá determinar la necesidad de la obligatoriedad de la misma, incluir determinados testeos y el requisito que estime pertinente.-

En algunos estados el tiempo de cuarentena se puede disminuir o dejar sin efecto ante un testeo negativo de Covid-19.-

Algunos estados requieren completar formularios al ingreso del país.-

Y recordá que cuidarnos del contagio es nuestra responsabilidad, pero definitivamente las vacaciones en pandemia son posibles…

Divorcios Rosario.-Fuente: www.argentina.gov.ar

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