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Las obligaciones de los padres en tiempos de Covid-19 (antes y después también).-

“El compromiso es un acto, no una palabra.”-

(Jean Paul Sartre)

Que podemos hacer cuando un padre/madre no conviviente no se hace cargo de las obligaciones monetarias a su cargo?

Es una pregunta recurrente en la consulta y las respuestas son diversas según el caso en análisis.-

La primer cuestión que tenemos que ver ante estas situaciones es el porqué de este incumplimiento,  y si el mismo es excepcional o se ha convertido en una cuestión normal en esta relación?

En épocas de Covid-19 muchos no convivientes se han visto afectados para hacer frente a sus obligaciones alimentarias y ante estas situaciones excepcionales, debidamente justificadas los jueces pueden llegar a ser más benévolos.-

Cuando el incumplimiento de obligaciones se convierte en algo cotidiano o las partes no pueden ponerse de acuerdo en la forma de realizarlo, hay diferentes alternativas que se pueden intentar:

*Firmar un  acuerdo privado entre las partes, fijando cuales son las obligaciones de cada uno.

La contracara de esto, es que si hubo incumplimiento sin existir acuerdo escrito, también lo va  a haber existiendo el mismo.-

*Otra opción es suscribir un acuerdo en un proceso de mediación, donde se fijen derechos y obligaciones de las partes y las mismas saben que ante el incumplimiento de una, la otra puede concurrir a la justicia para que sea esta quien defina las formas, modos y proporción de establecer los alimentos.-

Estos procesos de mediación familiar requieren que las partes acudan con abogados que los patrocinen para asegurar que los acuerdos sean convenientes para todos.-

*Por ultimo -y para mí siempre el último recurso- es acudir a los Tribunales de Familia para que sea el juez quien estime, con las pruebas y los hechos que cada parte  relate y acompañe, cual será la cuota alimentaria que corresponde y la forma de hacer efectiva la misma.-

El juez también determinara sanciones ante los incumplimientos que pueden ir desde  restricciones de todo tipo (salir del país, concurrir a determinados lugares, obtener permisos y licencias) hasta un embargo en las cuentas personales, profesionales o de empresas del alimentante.-

Desde mi punto de vista,  la vía judicial debería ser la última instancia en las cuestiones de familia.-

Creo que si bien el juez que decide es totalmente objetivo, por otro lado cada familia es un universo totalmente distinto a otros y nada mejor que la propia familia para ponerse de acuerdo en estas cuestiones.-

Lo importante -si se decide arreglar las cuestiones alimentarias por fuera de la decisión de un juez- es hacer un acuerdo que ambas partes estén en condiciones de cumplir y que sepan claramente cuáles son las consecuencias ante el incumplimiento económico.-

Dra. Sabrina P Pascual.-

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